Así es como puedes jubilarte de forma anticipada hasta 24 meses antes
Muchos trabajadores no saben que pueden jubilarse hasta dos años antes de la edad legal de forma voluntaria. De hecho, en 2024 la edad mínima de jubilación anticipada voluntaria se ha retrasado hasta los 64 años y 6 meses para aquellos que hayan cotizado menos de 38 años, aunque se mantiene en los 64 para los que tengan más de 38 años de cotización. De este modo, es posible acceder a la jubilación anticipada voluntaria hasta 24 meses antes de la edad ordinaria de jubilación.
Esta modalidad de jubilación es muy demandada por los españoles (tanto asalariados como autónomos) bien por anhelar el descanso anticipado o bien porque han sido expulsados anticipadamente del mercado laboral y no reúnen los requisitos para acceder a la jubilación anticipada forzosa, explican desde el blog de BBVA.
¿Cómo puedo optar a la jubilación anticipada voluntaria?
En primer lugar, para acceder a la jubilación anticipada voluntaria es obligatorio haber cotizado un mínimo de 35 años, dos de los cuáles tienen que estar comprendidos en los últimos 15 años previos al acceso a la jubilación. De esta forma, la pensión resultante sería superior a la cuantía de la pensión mínima que le correspondería al beneficiario al cumplir los 65 años.
Pero no es oro todo lo que reluce: también se pueden aplicar penalizaciones por acogerse a esta modalidad de jubilación. Para calcular la retribución resultante de este tipo de pensión, se aplican unos coeficientes reductores en función del número de meses de adelanto de la edad de jubilación y del periodo de cotización total acumulado. Por ejemplo, si una persona adelanta dos años su jubilación y ha cotizado menos de 38 años y seis meses, la retribución se le reducirá en un 21%, pero si ha trabajado más de 44 años y 6 meses, solo se reducirá en un 13%.
Los mineros pueden jubilarse a partir de los 52 años
Algunos de los trabajos en los que es más común la jubilación anticipada son los relacionados con la minería, los artistas o los ferroviarios.
En el caso de la minería, los empleados podrían jubilarse a partir de los 52 años cuando “concurran circunstancias de penosidad, toxicidad, peligrosidad o insalubridad”, explica la Seguridad Social. En este caso, el periodo de tiempo en que se reduce la edad de jubilación se considera como cotizado y las reducciones oscilarán entre el 0,05 y el 0,5%.
Por su parte, los artistas -cantantes, bailarines y trapecistas- se podrán retirar a los 60 años sin que se les apliquen coeficientes reductores siempre que pertenezcan a esta modalidad al menos ocho años durante los 21 años anteriores a la jubilación. Asimismo, los trabajadores “que hayan pertenecido a grupos y actividades profesionales de naturaleza especialmente peligrosa”, como los ferroviarios, pueden solicitar la jubilación a los 55 años.