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A qué edad me puedo jubilar en 2025 si nací en 1967, 1968 o 1969 en adelante

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Nueva edad de jubilación en España de cara a este año de 2025. Acceder a la pensión de jubilación a los 65 años es ya una realidad en nuestro país, pero la Seguridad Social ha endurecido las condiciones para retirarse definitivamente del mercado de trabajo. Por ejemplo, para cobrar la pensión completa, es necesario haber cotizado 38 y tres meses o más. Sin embargo, en 2024, solo era necesario haber cotizado 38 años.

No obstante, en el caso de que se haya cotizado menos de 38 años y tres meses, la edad de jubilación se fija en 66 años y ocho mes, lo cual, suma dos meses más que el año pasado. Este aumento paulatino se recoge en la Ley 27/2011, de 1 de agosto, sobre la actualización y modernización del Sistema de la Seguridad Social.

La norma establece que la edad de jubilación pasa gradualmente de los 65 a los 67 años, cuando alcanzará su tope en 2027. Asimismo, el factor clave para determinar cuando te vas a jubilar depende de dos variables principales: el año de nacimiento y los años de cotización acumulados.

Cuándo me puedo jubilar si nací en 1968 o 1969

Si naciste en el año 1968 o 1969, te puedes jubilar a los 65 años y cobrar la pensión completa si has cotizado 38 años y tres meses o más. Si no has llegado a cotizar a la Seguridad Social la cifra mencionada anteriormente, tendrás que jubilarte a los 66 años y 8 meses para obtener el 100% de la pensión.

Tabla de jubilación por año de nacimiento

  • Si naciste en 1961: Te podrás jubilar a los 65 años en 2026 y obtener el 100% de la pensión si has cotizado 38 años y 3 meses o más. Si no has llegado a cotizar, tendrás que jubilarte a los 66 años y 10 meses.
  • Si naciste en 1962: Te podrás jubilar en 2027 a los 65 años, siempre que hayan cotizado al menos 38 años y 6 meses. En caso contrario, deberás esperar a los 67 años.
  • Si naciste en 1963: A partir de 2028, estos trabajadores tendrán las mismas condiciones que los nacidos en 1962. La edad de jubilación ordinaria será de 65 años si se han cotizado 38 años y 6 meses o más, y de 67 años si no se ha alcanzado ese tiempo.
  • Si naciste en 1964: la jubilación ordinaria en 2029 con 65 años si han cotizado 38 años y 6 meses o más. De lo contrario, deberás esperar a los 67 años.
  • Si naciste en 1965: jubilación ordinaria en 2030 con 65 años si han cotizado 38 años y 6 meses o más. En otro caso, deberás esperar hasta los 67 años.
  • Si naciste en 1966: jubilación ordinaria en 2031 con 65 años si han cotizado 38 años y 6 meses o más. En caso de que sea inferior, tendrás que esperar a los 67 años.
  • Si naciste en 1967: jubilación ordinaria en 2032 con 65 años si han cotizado 38 años y 6 meses o más. De lo contrario, deberían esperar a los 67 años.
  • Si naciste en 1968: jubilación ordinaria en 2033 con 65 años si han cotizado 38 años y 6 meses o más. De lo contrario, deberás esperar a los 67 años.
  • Si naciste en 1969: jubilación ordinaria en 2034 con 65 años si han cotizado 38 años y 6 meses o más. Si no es así, tendrás que esperar a los 67 años.

Cómo se calcula la edad de jubilación en 2025

El cálculo de la pensión pública de jubilación tiene en cuenta múltiples factores: el número de años cotizados a la Seguridad Social durante la vida laboral; la evolución de los salarios y las bases de cotización; la edad de acceso a la jubilación, que está aumentando; la evolución futura de la esperanza de vida; y la inflación, ya que la revalorización de las pensiones queda ligada a la inflación media (IPC) registrada el año anterior.

Periodo de cotización mínima

El periodo de cotización mínimo para acceder a la jubilación en 2025 sigue siendo el mismo que en 2024. Se requiere haber cotizado al menos 15 años, de los cuales, al menos dos deben haberse producido en los 15 años anteriores a la jubilación. Este requisito es conocido como carencia específica y es indispensable para acceder a una pensión contributiva.

Cálculo de la pensión de jubilación

Para calcular la pensión que recibirá, deberá aplicar a la cuantía obtenida como base reguladora un porcentaje que depende de los años cotizados. Partiendo de una escala que comienza con el 50% de la pensión para los que tan solo hayan cotizado el mínimo (15 años), hasta el 100% para los que haya cotizado 36 años y 6 meses en 2023. A partir de 2027 serán necesarios 37 años cotizados para acceder al 100%.

Una vez calculada la pensión de jubilación, si esta estuviera por debajo de la pensión mínima establecida cada año en la Ley de Presupuestos Generales del Estado, puede ser complementada con un complemento de mínimos, siempre que se acrediten ciertos requisitos. Esta cuantía también se puede ver incrementada por incentivos si se decide demorar la jubilación.

Cálculo de la base reguladora

Antes de comenzar con las cuentas hay que conocer varios términos, empezando por la base de cotización, que es la cantidad sobre la cual se calculan las contribuciones a la Seguridad Social tanto del trabajador como de la empresa. Incluye las pagas extra prorrateadas, ya que se tienen en cuenta 12 bases de cotización al año, y otros conceptos como horas extra, vacaciones no disfrutadas, etc. En la base de cotización no se incluyen dietas y otros conceptos como gastos de transporte.

La Seguridad Social fija cada año unos topes máximos y mínimos para las bases de cotización de las diferentes categorías profesionales y sobre ellas, aplicándoles unos tipos de cotización, se calculan las cotizaciones sociales (cuotas de cotización). Con la última reforma de pensiones, la de 2023, se introdujo el destope de las bases máximas de cotización -acompañado de un aumento de la pensión máxima diez veces inferior-.

En el caso de las bases máximas, al IPC se le sumará una cuantía fija de 1,2 puntos cada año del periodo 2024-2050. Esto supone que, para 2025, la base máxima de cotización sube un 4% (el 2,8% del IPC promedio más un 1,2% adicional), para situarse en 4.909,5 euros brutos mensuales (58.914 euros).

Por su parte, la base reguladora es la cifra que se utiliza para calcular el importe de las prestaciones contributivas como pensiones o desempleo. Se obtiene a partir de las bases de cotización acumuladas durante un período determinado. En 2025, se seguirán tomando en cuenta los últimos 25 años de cotizaciones (300 meses) previos al cese de la actividad laboral, y esta suma se dividirá entre 350. Las bases de cotización de los dos últimos años se computarán a su valor nominal, mientras que las anteriores se actualizarán conforme a la inflación medida por el IPC.




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