Estas son las multas a las que se enfrenta si factura sin ser autónomo
Los trabajadores autónomos son aquellos que realizan de manera habitual una actividad económica por cuenta propia. Estos suelen emitir facturas a sus clientes, es decir, un documento donde se constatan los servicios o productos que se han realizado y la cuantía de dinero que se ha establecido por ellos. Pero, ¿se pueden emitir facturas sin estar dado de alta como autónomo?
Siempre que se realice una actividad de forma habitual por cuenta propia será obligatorio darse de alta como autónomo. Y es que un trabajador debe notificar de manera oficial que va a comenzar una actividad por su cuenta en Hacienda, presentando el modelo 036 o 037.
También será necesario que el autónomo se dé de alta en la Seguridad Social si va a realizar de forma habitual una actividad económica a título lucrativo. En este ente público, el trabajador deberá entregar el modelo TA.0521 para darse de alta e inscribirse en el RETA. El Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA) es aquel en el que "deben de estar dadas de alta todas aquellas personas que realicen de forma habitual, personal y directa una o varias actividades económicas a título lucrativo" por cuenta propia, tal y como explican desde el portal web de la Seguridad Social.
El plazo para darse de alta como autónomo en Hacienda y la Seguridad Social es "bastante amplio" y será de hasta 60 días antes de empezar la actividad. No obstante, una persona no se podrá dar de alta después de haber comenzado su trabajo por cuenta propia.
¿Cuándo no habrá que darse de alta como autónomo?
Si una persona está contratada por una empresa y le piden que de una ponencia o clase puntual no tendrá porque darse de alta como autónomo. Y es que, desde TaxScouts señalan que, en este caso, "no se considera actividad económica, y simplemente tendrás que hacer una factura con la retención de IRPF que corresponda y declararlo en tu próxima renta".
Por tanto, para facturar sin ser autónomo debemos darnos de alta en Hacienda y que la actividad que realicemos no sea recurrente ni una fuente principal de ingresos.
Multa por facturar sin ser autónomo
La multa a la que se pueden enfrentar los autónomos por facturar sin haberse dado de alta es de entre 300 euros y 3.000 euros, y además tendrán que hacer frente a las cuotas que deberían haber abonado, tal y como explican desde TaxScouts.
Dado que las cuotas se están pagando fuera de plazo se aplicarán recargos por el retraso. Estos serán de un 10% si se paga al mes siguiente del que tenía que haber pagado y un 20% si ha pasado más de un mes.
En el caso de que se haya facturado sin estar dado de alta en la Seguridad Social durante cinco meses y este trabajador se ha retrasado más de un mes en el pago, deberá abonar al menos 1.200 euros –suponiendo que paga la cuota mínima, que está en 200 euros–. El trabajador tendría que pagar los mil euros de las cuotas no abonadas y añadir un 20% más por el retraso de más de un mes, es decir, 200 euros; por lo que la cuantía total a pagar ascendería a 1.200 euros.