Добавить новость
ru24.net
La Razón (Madrid)
Январь
2025

Magistrados del TC ven «inédita e insólita» la recusación en bloque de Macías en los recursos contra la amnistía

0

Los magistrados del Tribunal Constitucional (TC) disconformes con la decisión de la mayoría progresista de apartar de forma automática a su compañero José María Macías de todos los recursos contra la Ley de Amnistía, tras haber dado vía libre a su recusación por el fiscal general en la cuestión de inconstitucionalidad del Tribunal Supremo (TS) contra la norma, se quejan de que se le deje al margen «sin oír al respecto» a los recurrentes (las autonomías gobernadas por el PP, mayoritariamente) «y tampoco al propio magistrado». En el voto particular que firma en solitario, el magistrado Enrique Arnaldo sostiene que «carece de fundamento» legal esas recusaciones en bloque «sin tramitar el oportuno incidente de recusación». Para el magistrado, esa ampliación de los efectos de la inicial recusación del exvocal del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) –por haber firmado un informe en contra de la polémica medida de gracia– resulta «inédita e insólita» y «no tiene precedentes» por más que el auto respaldado por el Pleno «venga a insinuar o pretender otra cosa». Esa recusación inicial de Macías, insiste, no puede trasladarse «de manera absoluta y automática» al resto de recursos (una veintena).

"Es de notar que en esos recursos ninguno de los recurrentes (de diversa significación política) ha mostrado duda alguna sobre la imparcialidad del magistrado", recuerda Arnaldo, "de forma que, con la decisión ahora adoptada por el Pleno, se han visto privados de una determinada composición del Tribunal con la que estaban conformes, sin posibilidad de formular alegación alguna al respecto".

Y en el caso de las cuestiones de inconstitucionalidad planteadas, incide, en contra de lo previsto en el artículo 37. 2 y 3 de la Ley Orgánica del Tribunal Constitucional (LOTC), "se ha privado a quienes pueden personarse en la cuestión de su derecho a manifestar su parecer sobre la procedencia de apartar al magistrado" del conocimiento de dichos asuntos. Del mismo modo, recalca, "se ha privado a este magistrado de su derecho a pronunciarse sobre si acepta o no las causas de recusación formulada".

Según Arnaldo, la decisión de acallar a las partes en cada uno de esos procedimientos «conculca las garantías de un proceso justo». Y censura que fruto del «afán de la mayoría de impedir la participación» de Macías en el debate sobre la ley ni siquiera se ha esperado a la admisión a trámite de la cuestiones de inconstitucionalidad pendientes.

Todo ellos supone, se queja, «una neta vulneración de las garantías del juicio justo, y por tanto del derecho a un proceso con todas las garantías» en relación con el derecho a la tutela judicial efectiva, al juez natural predeterminado por la ley, al juez imparcial y a la defensa y a la igualdad de armas en esos procedimientos.

Por su parte, los magistrados Concepción Espejel y César Tolosa afirman que «no existe ninguna justificación para desconocer los derechos de las partes a responder a las recusaciones» ni para obviar el derecho de Macías a intervenir. Según ponen de relieve en el voto particular que firman de forma conjunta, apartando de este modo a Macías "se desconoce no solo el derecho de intervenir y alegar a quienes han sido parte en los procedimientos en los que traen causa las cuestiones de inconstitucionalidad, sino también de las representaciones de quienes integran las Cortes Generales y de doce gobiernos autonómicos y tres parlamentos de distintas comunidades autónomas", quienes ostentan -recuerdan- una legitimación constitucionalmente cualificada "de especial significación política, institucional y democrática en los recursos de inconstitucionalidad ya admitidos a trámite".

Espejel y Tolosa defienden que con esta recusación en bloque "se violenta la garantía del propio magistrado recusado", a quien "se le priva de derecho al ejercicio del cargo sin darle la posibilidad de intervenir pese a que ha participado en todas las decisiones de admisión de tales procesos de inconstitucionalidad". Y se llega incluso, subrayan, "a apartarle de cuestiones de inconstitucionalidad en las que ni tan siquiera se ha promovido incidente de recusación contra el mismo".

Para estos tres magistrados, de hecho, la recusación de Macías fue planteada "de forma claramente extemporánea" por el fiscal general del Estado, Álvaro García Ortiz. Arnaldo hace hincapié en que "salvo que se desvirtúe el contenido de la garantía de imparcialidad, no puede pretenderse la recusación de un magistrado por el mero hecho de tener criterio jurídico anticipado sobre los asuntos que debe resolver, pues el conocimiento del Derecho es precisamente el presupuesto para ejercer la función jurisdiccional con libertad de criterio y de forma fundada".

En esa misma línea, Espejel y Tolosa apuntan que la recusación fue tramitada "de forma irregular, provocando al magistrado recusado una manifiesta indefensión en la defensa del ejercicio del cargo". "De ello se deriva -añaden- que no podemos compartir que dicho auto pueda servir de sustento para apartar definitivamente al magistrado no solo en dicha cuestión de inconstitucionalidad sino en todos los procesos constitucionales que se encuentran en tramitación ante este tribuna".




Moscow.media
Частные объявления сегодня





Rss.plus




Спорт в России и мире

Новости спорта


Новости тенниса
WTA

Саснович пробилась в основную сетку турнира WTA-500 в Линце






В Москве похищен бюст врача, в честь которого названа больница в Ираке

Сверхзвуковой самолёт: проект, который изменит авиацию России

В Москве продолжается тёплая зима. Но снегопады ещё будут

В Москве обновился рекорд температуры