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¿Pueden cancelarme el contrato de alquiler para alquilar la vivienda a otra persona?

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El contrato de alquiler es el documento que establece la relación entre casero e inquilino, donde se obliga a ambas partes que, por un tiempo determinado, se ceda un bien de su propiedad a cambio del pago de una renta pactada.

La duración de este contrato "será libremente pactada por las partes", tal y como establece el artículo 9.1. de la Ley de Arrendamientos Urbanos (LAU). No obstante, lo habitual es que este dure un año, el cuál puede ir prorrogándose hasta un máximo de cinco años –siete para las personas jurídicas–, prorrogables de forma tácita otros tres años adicionales. En el caso de que no se haya estipulado un plazo de duración o este sea indeterminado, se entenderá que estos duraran por un año. Pero, ¿qué ocurre si el casero quiere recuperar el inmueble antes de que finalice el plazo mínimo? ¿Puede cancelar el contrato actual para alquilar el piso a otra persona?

"El propietario de un inmueble tiene derecho a finalizar el contrato de alquiler antes de tiempo en determinadas ocasiones", explica el portal inmobiliario Fotocasa.

Uno de los motivos por los que se puede echar a un inquilino de un piso de alquiler será cuando el propietario necesite la vivienda permanente para sí o sus familiares en primer grado de consanguinidad (o por adopción) o para su cónyuge en los supuestos de sentencia firme de separación, divorcio o nulidad matrimonial.

En este caso, según la legislación vigente, el propietario tiene derecho a recuperar su vivienda, siempre y cuando haya transcurrido mínimo, el primer año de contrato, se notifique al inquilino con dos meses de antelación como mínimo y esté debidamente justificado.

Si en un periodo de tres meses desde que el arrendatario abandonó el inmueble ni el propietario ni sus familiares han entrado a vivir en él, este podrá volver a la vivienda o bien "solicitar una reclamación por una cantidad equivalente a una mensualidad por cada año que faltase para cumplir los cinco años del contrato original", señala el portal inmobiliario. Por tanto, si faltaban tres años para terminar el contrato y el inquilino pagaba 900 euros mensuales, el casero deberá pagarle 2.700 euros a modo de compensación.

Asimismo, el casero también podrá dar por finalizado el contrato si el inquilino incumple alguna de sus obligaciones:

  • El impago de la renta del alquiler.
  • Subarrendar el inmueble a terceras personas.
  • Realizar en él actividades ilícitas, molestas, peligrosas o nocivas, entre otras.
  • Realizar obras sin permiso del propietario.
  • Causar daños en la vivienda.
  • No usar la vivienda como habitual por los titulares del contrato.
  • Tener mascotas si el contrato incluye una cláusula específica de prohibición.

¿Puede el casero echarme del piso para alquilarlo de nuevo?

"Si el propietario no necesita el inmueble y el inquilino cumple con sus obligaciones, el casero no podrá echarlo del piso antes de que finalice el plazo mínimo", sentencian.




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