Evaluación Docente 2024: ¿cuándo inicia la inscripción para el ascenso de escala magisterial, según Minedu?
El Ministerio de Educación (Minedu) ha oficializado la aprobación de la norma técnica que regula el concurso público para el ascenso de escala de los docentes de educación básica regular. Esto en el marco de la carrera pública magisterial.
La resolución viceministerial N. ° 077-2024-MINEDU, publicada este lunes 8 de julio en el diario oficial El Peruano, dispone que la norma técnica sea anexada en el portal principal del Ministerio de Educación para que todos los docentes interesados puedan acceder a este documento. Conoce los requisitos necesarios para el concurso de escala docente de este año.
¿Qué es el concurso de escala docente?
Según el Ministerio de Educación, el concurso de escalas de docentes es el mecanismo por el cual los maestros pueden ascender en las escalas magisteriales, lo que les permitirá una mejor remuneración y los habilitará para asumir cargos de mayor responsabilidad.
"El concurso de ascenso tiene una finalidad formativa, orientada a mejorar el desempeño docente en la carrera pública magisterial", indica el sector.
¿Cuándo inicia la inscripción para el ascenso de escala magisterial?
La norma técnica del Minedu recién publicada aún no ha fijado una fecha exacta para el inicio de la inscripción en el proceso de ascenso de escala docente. Sin embargo, se ha establecido la organización del concurso, que se llevará a cabo mediante las siguientes actividades:
1. Convocatoria y cronograma.
2. Inscripción de postulantes al concurso.
3. Verificación y actualización del grupo de inscripción y/o escala por parte de las DRE o UGEL, si es necesario.
4. Publicación de postulantes que solicitaron verificación y actualización del grupo de inscripción y/o escala magisterial, si es necesario.
5. Confirmación de datos de postulación por parte del postulante.
6. Etapa Nacional:
- 6.1 Publicación de locales de evaluación.
- 6.2 Aplicación de la Prueba Nacional.
- 6.3 Publicación de resultados preliminares de la Prueba Nacional.
- 6.4 Presentación y resolución de reclamos sobre el puntaje obtenido en la Prueba Nacional.
- 6.5 Publicación de resultados finales de la Prueba Nacional.
7. Conformación, organización y funcionamiento del Comité de Evaluación.
8. Etapa Descentralizada:
- 8.1 Actualización del legajo personal ante la DRE o UGEL.
- 8.2 Solicitud del informe escalafonario al Área de Escalafón de la DRE o UGEL.
- 8.3 Acreditación del derecho a recibir la bonificación por discapacidad.
- 8.4 Verificación del cumplimiento de los requisitos, causales de retiro, derecho a recibir bonificación por discapacidad y valoración de la trayectoria profesional.
- 8.5 Publicación de resultados preliminares de la Etapa Descentralizada.
- 8.6 Presentación de reclamos por parte del postulante, resolución de reclamos por parte del Comité de Evaluación y emisión de actas de resultados finales.
- 8.7 Publicación de resultados finales de la Etapa Descentralizada.
9. Asignación de vacantes de ascenso y publicación de ganadores:
- 9.1 Publicación de vacantes de ascenso.
- 9.2 Asignación regular de vacantes de ascenso.
- 9.3 Publicación de ganadores de la asignación regular de vacantes de ascenso.
- 9.4 Asignación excepcional de vacantes de ascenso.
- 9.5 Publicación de ganadores de la asignación excepcional de vacantes de ascenso.
10. Emisión de resoluciones.
Requisitos para postular al concurso de escala docente
Permanencia mínima en la escala magisterial: refiere al tiempo de servicios prestados por el profesor. El postulante debe tener la cantidad mínima de años de servicios oficiales en la escala magisterial hasta la fecha de inicio del concurso. Conoce la cantidad mínima de años por escala magisterial en la siguiente lista:
- Primera escala magisterial: 2 años
- Segunda escala magisterial: 2 años
- Tercera escala magisterial. 3 años
- Cuarta escala magisterial: 3 años
- Quinta escala magisterial: 3 años
- Sexta escala magisterial: 3 años
- Séptima escala magisterial: 4 años
Contar con idoneidad ética y profesional: los docentes deberán completar una formulación donde se declare no tener condenas por delitos contra la libertad sexual, corrupción, tráfico de drogas, terrorismo, entre otras infracciones penales. Además, los maestros no deben tener condenas por delitos dolosos (hurto, extorsión, entre otros).
Sueldos según escala magisterial
- Primera: Jornada 30 horas: S/3.100; Jornada 40 horas: S/4.134
- Segunda: Jornada 30 horas: S/3.410; Jornada 40 horas: S/4.547
- Tercera: Jornada 30 horas: S/3.720; Jornada 40 horas: S/4.960
- Cuarta: Jornada 30 horas: S/4.030; Jornada 40 horas: S/5.374
- Quinta: Jornada 30 horas: S/4.650; Jornada 40 horas: S/6.201
- Sexta: Jornada 30 horas: S/5.425,88; Jornada 40 horas: S/7.234
- Séptima: Jornada 30 horas: S/5.890; Jornada 40 horas: S/7.854
- Octava: Jornada 30 horas: S/6.511; Jornada 40 horas: S/8.681