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Gobierno de Dina Boluarte observa ley que restituye detención preliminar: norma ya fue enviada al Congreso

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A pocas horas de que venza el plazo establecido para que la presidenta Dina Boluarte promulgue la ley que restituye la detención preliminar en el ordenamiento vigente, el primer ministro, Gustavo Adrianzén, anunció que las observaciones a dicha norma han sido enviadas al Congreso de la República. En consecuencia, la ley deberá regresar a la Comisión de Justicia, y será decisión de los parlamentarios de dicha comisión aceptar o no las observaciones del Gobierno.

"Se acaba de enviar la ley al Congreso hace un par de horas. La ley ha sido observada. Hay una serie de observaciones relacionadas con lo dispuesto en la norma. No tengo el detalle en este momento, no lo recuerdo, y sería imprudente declararlo. Sin embargo, la observación se hará pública en breve", indicó el primer ministro.

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Con el retorno de la ley a la Comisión de Justicia, y considerando que el Parlamento se encuentra en receso hasta marzo de este año, dicha comisión, liderada por el congresista Isaac Mita (Perú Libre), deberá convocar a una sesión extraordinaria. De no hacerlo, la promulgación de la ley que restituye esta figura jurídica podría retrasarse hasta marzo del presente año.

El primer ministro negó que el retraso en la observación de la ley tenga relación con una posible defensa del Ejecutivo hacia Fredy Hinojosa, vocero presidencial, quien podría haber sido detenido de forma preliminar por su presunta participación en una organización criminal: "Si ese fuera el caso, habría sido el propio Ministerio Público quien habría tramitado una detención preliminar. Los días que hemos tomado corresponden al tiempo que los equipos técnicos han requerido. (...) Esa es la única razón, no hay ninguna otra", declaró.

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Dina Boluarte: Constitucionalistas consideran que la restitución dilataría el proceso de implementación de la detención preliminar

La República contactó a los especialistas en derecho constitucional Luciano López y Omar Cairo, quienes compartieron sus impresiones sobre el anuncio de observaciones presentadas por el Poder Ejecutivo y el proceso que seguirá ahora que estas han sido confirmadas por el Gobierno de Boluarte.

Ambos constitucionalistas coincidieron en que, como se señaló anteriormente, el proyecto de ley regresará a la Comisión de Justicia. "Al ser observado, el procedimiento se dilatará, ya que el proyecto deberá regresar a la comisión dictaminadora, que podrá acoger las observaciones o insistir en la propuesta original", explicó López. "Cuando una norma es observada con modificaciones, la observación presidencial se remite a la comisión correspondiente, tal como lo establece el reglamento del Congreso", añadió Cairo.

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Luciano López consideró que las observaciones realizadas por el Ejecutivo carecen de sustento jurídico válido, dado que la norma en cuestión formó parte esencial del ordenamiento jurídico en el pasado: "Desde una perspectiva política, resulta totalmente inaceptable esta observación, porque lo que se está haciendo es restituir la vigencia de una norma derogada. No existe ningún motivo jurídico que justifique la observación por parte del Poder Ejecutivo. Esto demuestra que, al observarla, están retrasando el desarrollo de las investigaciones que tienen abiertas", señaló López.

Congreso niega haber recibido observaciones a ley sobre detención preliminar

El Congreso de la República, mediante su cuenta oficial en X (anteriormente conocida como Twitter), se pronunció respecto a las declaraciones del primer ministro Gustavo Adrianzén. Este afirmó que ya había remitido al Legislativo las observaciones relacionadas con la ley que reinstaura la detención preliminar. Sin embargo, de acuerdo con la publicación realizada por el Parlamento, dichas observaciones aún no han sido recibidas.

"El Congreso de la República informa que, siendo las 6:18 horas de la tarde, no ha llegado la observación a la autógrafa de la ley que restituye y modifica el literal a) del numeral 1 del artículo 261 del Nuevo Código Procesal Penal, Decreto Legislativo 957, referido a la detención preliminar judicial en casos de no flagrancia", se lee en la publicación.




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