Intereses de cesantías en Colombia 2025: cuánto te debieron pagar antes del 31 de enero y qué hacer si la empresa no cumplió
Los trabajadores colombianos con contrato fijo o indefinido debieron recibir, a más tardar el 31 de enero de 2025, el pago correspondiente a los intereses de cesantías. Este beneficio, establecido en la Ley 50 de 1990, representa un ingreso adicional obligatorio que las empresas deben consignar cada año.
Sin embargo, algunas compañías no cumplieron con esta obligación, lo que puede derivar en sanciones e indemnizaciones para los empleados afectados. En este artículo, te explicamos cuánto debieron pagarte, cómo calcularlo y qué hacer si tu empleador no realizó el desembolso correspondiente.
¿Qué son los intereses de cesantías y cómo se calculan?
Los intereses de cesantías corresponden a una suma adicional que los empleadores deben pagar anualmente a sus trabajadores por concepto de cesantías. Su propósito es compensar el tiempo laborado y garantizar estabilidad financiera a los empleados.
El cálculo se realiza aplicando una fórmula establecida en el Código Sustantivo del Trabajo:
Cesantías × Días trabajados × 12% / 360
Por ejemplo:
- Un trabajador que devengó el salario mínimo de 2024 ($1.300.000) y laboró todo el año debió recibir:
1.300.000 × 12% = 156.000
- Para alguien con un salario mensual de $3.000.000 en 2025:
3.000.000 × 360 × 0,12 ÷ 360 = 360.000
Si el empleado solo trabajó medio año (180 días), el monto recibido debía ser proporcional, es decir, la mitad del valor correspondiente al año completo.
¿Qué pasa si la empresa no pagó los intereses de cesantías antes del 31 de enero?
El incumplimiento en la consignación de los intereses de cesantías puede generar sanciones para las empresas. Según el Artículo 65 del Código Sustantivo del Trabajo, el empleador que no pague estos valores dentro del plazo estipulado podría ser obligado a indemnizar al trabajador.
Las consecuencias para la empresa pueden incluir:
- Pago de intereses moratorios: Se debe reconocer un interés adicional por cada día de retraso.
- Multas impuestas por el Ministerio del Trabajo: Si se presenta una denuncia, la entidad puede sancionar a la compañía.
- Acciones judiciales: En casos extremos, el trabajador puede demandar a la empresa y exigir el pago con indemnización.
¿Cómo reclamar el pago si la empresa no cumplió?
Si un trabajador no recibió el pago adicional en el mes de enero correspondiente a los intereses de cesantías, puede tomar las siguientes acciones:
- Reclamo interno: Lo primero es dirigirse al área de recursos humanos o al jefe inmediato para solicitar el pago de manera formal. Se recomienda hacerlo por escrito y conservar una copia.
- Denuncia ante el Ministerio del Trabajo: Si la empresa no responde o se niega a pagar, el empleado puede interponer una queja formal en el Ministerio del Trabajo, entidad que tiene la facultad de mediar y sancionar.
- Acción judicial: Si la empresa sigue sin cumplir, el trabajador puede presentar una demanda laboral para exigir el pago y las indemnizaciones correspondientes.
Importancia del pago oportuno de los intereses de cesantías
El pago de los intereses de cesantías es una obligación legal que protege a los trabajadores colombianos. Su cumplimiento garantiza que los empleados reciban una compensación justa por el tiempo trabajado y refuerza la estabilidad económica de las familias.
Las cesantías y sus intereses son esenciales dentro del marco de derechos laborales en Colombia, por lo que el Estado establece mecanismos para sancionar a las empresas incumplidoras. Si no recibiste este pago antes del 31 de enero de 2025, aún puedes reclamarlo y exigir una compensación.
Preguntas frecuentes sobre las cesantías en Colombia este 2025
- ¿Qué pasa si la empresa no pagó los intereses de cesantías en enero?
Puedes reclamar directamente, acudir al Ministerio del Trabajo o presentar una demanda laboral para exigir el pago y posibles indemnizaciones. - ¿Cuál es la sanción para las empresas que no pagan los intereses de cesantías?
La empresa puede ser multada y obligada a pagar una indemnización adicional al trabajador, equivalente a un día de salario por cada día de mora. - ¿Los intereses de cesantías se pagan a todos los trabajadores?
Sí, siempre que tengan contrato fijo o indefinido y hayan trabajado durante el período correspondiente. - ¿Cómo verificar si mi empresa hizo el pago?
Puedes revisar tu desprendible de nómina o consultar con el área de recursos humanos de la empresa.