Adultos mayores pueden exonerar su vivienda del pago del impuesto predial por hasta S/260.000: ¿cómo acceder al beneficio?
Los adultos mayores en el Perú tienen la posibilidad de ser exonerados del impuesto predial, un beneficio fiscal diseñado para reducir su carga económica. Para acceder a esta exoneración, deben cumplir con las condiciones establecidas en la normativa vigente y gestionar la solicitud ante la municipalidad correspondiente.
El impuesto predial es un tributo anual que deben pagar todos los propietarios de bienes inmuebles en el país. Sin embargo, las personas mayores de 60 años tienen la posibilidad de solicitar su exoneración si cumplen con las condiciones estipuladas, lo que les permite reducir sus obligaciones tributarias y mejorar su estabilidad financiera.
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Reniec: estas son las condiciones para que los adultos mayores obtengan la exoneración del impuesto predial
Para obtener la exoneración del impuesto predial, los solicitantes deben haber cumplido 60 años y ser propietarios de un solo inmueble destinado a vivienda. Además, el valor del autoavalúo de la propiedad no debe superar las 50 Unidades Impositivas Tributarias (UIT), lo que equivale a S/267.500 en 2025.
Otro criterio importante es que los ingresos brutos mensuales del solicitante no deben exceder 1 UIT, es decir, S/5.350. La exoneración aplica tanto a propietarios individuales como a aquellos que comparten la propiedad con su cónyuge, siempre que no posean otros inmuebles registrados a su nombre.
Paso a paso para solicitar la exoneración del impuesto predial 2025
Para tramitar la exoneración del impuesto predial, los adultos mayores deben acudir a la municipalidad de su distrito y presentar su Documento Nacional de Identidad (DNI), además de un comprobante de ingresos que demuestre que no superan el límite establecido por la normativa.
Asimismo, deben completar un formato de solicitud proporcionado por la municipalidad y acreditar la propiedad del inmueble mediante la presentación de documentos oficiales. Una vez evaluada la solicitud, la municipalidad determinará si el solicitante califica para la exoneración y procederá con la actualización de su registro tributario.
¿Qué inmuebles están exonerados del impuesto predial en Perú?
La legislación vigente también contempla la exoneración automática del impuesto predial para ciertos tipos de inmuebles. Entre ellos se encuentran los predios destinados a uso público, como parques, plazas y avenidas, así como los edificios pertenecientes al Estado utilizados para servicios gubernamentales, educativos o de salud.
También están exentos los inmuebles de entidades religiosas reconocidas y aquellos administrados por organizaciones sin fines de lucro dedicadas a la educación, la asistencia social o la salud, siempre que cumplan con las regulaciones municipales correspondientes.
¿Qué es el impuesto predial en Perú?
El impuesto predial en Perú es un tributo anual que grava el valor de los predios urbanos y rústicos, basado en su autovalúo, el cual se determina aplicando aranceles y precios unitarios de construcción fijados por el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento. Este impuesto debe ser pagado por los propietarios de los predios al 1 de enero de cada año, ya sean personas naturales o jurídicas. El pago del impuesto predial se realiza a la municipalidad distrital donde se ubica el predio, y los fondos recaudados se utilizan para financiar servicios y obras públicas locales. El cálculo del impuesto se realiza aplicando una escala progresiva acumulativa al valor total de los predios, con alícuotas que varían desde el 0.2% hasta el 1% según el tramo del autovalúo.