En los días recientes se han escuchado distintas voces para denunciar las irregularidades en la asignación de plazas docentes fuera del marco de la Ley del Servicio Profesional Docente. Las redes de complicidad entre las dirigencias sindicales y funcionarios de educación de gobiernos estatales hicieron que esto fuera posible. Docentes que no presentan examen de oposición fueron beneficiados o bien, por medio de un manejo discrecional de las listas de prelación se benefician a participantes cuyos resultados no fueron “idóneos”. La asignación directa de plazas, que los gobiernos no reportaban a la federación como vacantes, fue una práctica recurrente en los últimos años.
Los cambios hechos al artículo 3° en 2012, resaltan la obligatoriedad de hacer exámenes (pomposamente le llaman concursos de oposición) para el ingreso, promoción y permanencia en el servicio de los maestros. Cito textual: Adicionalmente, el ingreso al servicio docente y la promoción a cargos con funciones de dirección o de supervisión en la educación básica y media superior que imparta el Estado, se llevarán a cabo mediante concursos de oposición que garanticen la idoneidad de los conocimientos y capacidades que correspondan. (DOF, 2013)
Las prácticas discrecionales en la asignación de plazas han prevalecido en casi todas las entidades federativas, aun cuando en la primera década de este siglo 13 entidades hayan implementado algún mecanismo para ello, privilegiando el examen de oposición. En el caso de las otras 19 entidades, no se aplicaba ningún proceso de evaluación (INEE, 2015)
Desde 1951 hasta aproximadamente 1998, la asignación de plazas inicial se hizo mediada preferentemente por los estudios en la escuela normal. Posterior a 1998, la asignación de plazas en las entidades federativas se complicó por la insuficiencia presupuestal para contratar a todos los egresados de las escuelas normales. Además de esta complicación, se sumaron otros problemas como el ingreso al servicio de personas sin el perfil profesional requerido; mecanismos y procedimientos poco transparentes para la selección, contratación y adscripción de profesores; procedimientos discrecionales: tráfico de influencias, comercialización de plazas y derecho de los jubilados a heredarlas, entre otros; y la injerencia importante del SNTE para decidir sobre los aspirantes que ocupan las plazas vacantes. En 2010, la Organización para el Desarrollo y Cooperación Económica recomendó a la Secretaría de Educación Pública de México, entre otras cuestiones, “Abrir todas las plazas docentes a concurso: Abrir progresivamente todas las plazas docentes a concurso y revisar el proceso de asignación de las plazas buscando alinear mejor las necesidades de los candidatos y de las escuelas”. En el marco de esta recomendación, se señalaba con insistencia la falta de transparencia en la asignación de plazas, aunque limitaba esta asignación a estrategia única del examen de oposición.
En el presente año, se ha establecido un calendario para el desarrollo de los concursos de oposición en la educación básica y educación media superior. La convocatoria está próxima a salir. Apuntó la importancia de que será el primer concurso sancionado, si bien bajo el mismo marco jurídico de los últimos años, por el gobierno federal de la cuarta transformación, crítico y opositor de la política educativa implementada en el gobierno anterior.
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