Condenado el Gobierno vasco por no facilitar protección sanitaria a la Ertzaintza
La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de País Vasco ha emitido dos sentencias condenatorias en las que concluye que la Administración autonómica omitió "total o parcialmente" medidas de protección laboral ante el coronavirus y esa conducta generó "un peligro grave para la salud"
Primero fue la Diputación General de Aragón. Ahora, el Gobierno Vasco. La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de País Vasco ha condenado al Ejecutivo de Íñigo Urkullu por "vulnerar el derecho a la integridad física" de los agentes de la Ertzaintza. Los magistrados han dejado constancia de sus conclusiones en dos sentencias: la Administración autonómica ha "omitido total o parcialmente las medidas de protección laboral" que le eran "exigibles" con motivo de la pandemia generada por el covid-19.
Tras meses resolviendo medidas cautelares, los jueces proceden ahora a estudiar el fondo de las reclamaciones interpuestas por los sindicatos ante la falta de suministro de equipos de protección individual entre el personal de la Administración. El Juzgado de lo Social de Teruel ha sido el primero en pronunciarse al condenar a la Diputación General de Aragón por vulnerar el derecho de los trabajadores sanitarios. El tribunal vasco ha dado el siguiente paso al dar la razón a los agentes de la Ertzaintza. Estas resoluciones abren la veda contra las autonomías que aún están pendientes de sentencia por las demandas presentadas en los diferentes juzgados.
En las sentencias, adelantadas por Europa Press, la Sala ha determinado que el Gobierno Vasco cometió una "infracción" en materia de prevención de riesgos laborales. Los jueces han concluido que la "actuación, o mejor dicho su conducta omisiva durante un determinado periodo" de la Administración ha supuesto un "riesgo relevante de que la lesión puede llegar a producirse" y "ha generado un peligro grave y cierto para la salud de los funcionarios afectados por esta demanda".
Demanda sindical
El primer fallo responde a la demanda planteada por ErNE. El sindicato solicitaba que se declare vulnerado el derecho fundamental a la integridad física y a la salud de los funcionarios de la Ertzaintza "al no haberse aplicado las medidas de prevención necesarias" para preservar el derecho a la integridad y el derecho a la salud de los agentes desde que se decretó el estado de alarma.
La segunda resolución resuelve la demanda presentada por el sindicato Esan contra la Consejería de Seguridad del Gobierno Vasco, en materia de tutela de derechos fundamentales y prevención de riesgos laborales.
Tal y como adelantó el juzgado de Teruel, "la normativa de prevención de riesgos laborales impone la obligación legal a la Administración, como empleadora, de proteger a los trabajadores", lo que conlleva, necesariamente, a la "obligación de dotarles de los medios preventivos necesarios para que realicen su trabajo con las mínimas e imprescindibles condiciones de seguridad para su salud".
Suministrar protección a los agentes
La Sala ha reconocido la existencia de circunstancias que "atemperan la trascendencia de inactividad" del Gobierno Vasco. Ha considerado que la situación era "difícil de prever" en un primer momento. Sin embargo, ha precisado que una vez que se conocen, en mayor o menor grado, "existe un claro retroceso a la hora de reaccionar de una manera rauda y eficaz".
Los jueces han acordado condenar al Gobierno Vasco a realizar las actuaciones omitidas: "suministrar a todos los agentes los medios de protección consistentes en mascarillas, gafas, guantes desechables, buzos y contenedores de residuos infecciosos". La primera sentencia rechaza otras peticiones realizadas por ErNE, como las relativas a la desinfección de dependencias y vehículos porque sí se ha efectuado desde el principio.
El Gobierno Vasco tiene un plazo de cinco días para presentar recurso de casación ordinario contra las sentencias emitidas este miércoles por la Sala de lo Social.