El Gobierno permitirá cambiar de sexo desde los 16 años y sin aval médico
La 'ley trans' que prepara el Ministerio de Igualdad recoge que la única condición para modificar los datos del Registro Civil será "la declaración expresa de la persona"
El borrador de la ley trans que prepara el Ministerio de Igualdad, dirigido por Irene Montero, prevé que se puedan modificar datos del Registro Civil, como el nombre y el sexo, sin necesidad de presentar pruebas médicas o psicológicas.
El borrador de la ley para la igualdad de las personas trans diseñado por el Ministerio de Igualdad permitirá el cambio de sexo sin necesidad de informe ni tratamiento médico a partir de los 16 años, y entre los 12 y los 16 con consentimiento de padres o tutores.
El documento está en plena fase de negociación con la Vicepresidencia Primera del Gobierno. El texto, que podría ser modificado todavía, incluye la reivindicación del colectivo transexual de que no sea necesario someterse a pruebas médicas ni exámenes psicológicos para cambiar los datos del Registro Civil.
"El ejercicio de este derecho en ningún caso podrá estar condicionado a la previa exhibición de informe médico o psicológico alguno, ni la previa modificación de la apariencia o función corporal de la persona a través de procedimientos médicos, quirúrgicos o de otra índole, sin perjuicio del derecho de la persona interesada a hacer uso de tales medios", recoge el texto de la nueva ley.
El Ministerio de Igualdad aspira a iniciar la tramitación legislativa de este anteproyecto de ley en la primera quincena de febrero, razón por la cual se reunieron la pasada semana la ministra Irene Montero y la vicepresidenta primera del Gobierno, Carmen Calvo.
Menores de edad incluidos
La legislación vigente recoge que si una persona quiere modificar su nombre y género es necesario presentar algunos exámenes psicológicos y pruebas médicas en las que se le diagnostique "disforia de género", además de haber estado dos años hormonándose. Parte del colectivo transexual considera que estos requisitos "patologizan" su condición al presentar la transexualidad como una enfermedad.
La norma prevé incluir a los menores de edad y establece que las personas entre 12 y 16 años puedan efectuar la solicitud "a través de sus representantes legales o por sí mismas con su consentimiento". Desde los 16 años tendrán autonomía para decidir y para los menores de 12 años o aquellas personas "con capacidad de obrar modificada judicialmente" deberán ser sus representantes legales los que lo soliciten.
El texto detalla que la rectificación en el Registro Civil "no alterará la titularidad de los derechos y obligaciones jurídicas que pudieran corresponder a la personas con anterioridad al cambio" y especifica, en particular, a los efectos de lo establecido en la Ley Integral contra la Violencia de Género.
Otras medidas
El texto incluye medidas en el ámbito sanitario, educativo, laboral y deportivo y abre la puerta también a que se pueda solicitar que no se especifique el sexo en los documentos oficiales de identidad, para atender a quienes no se identifican ni con el genero masculino ni con el femenino.
Entre las prestaciones sanitarias, además de los tratamientos hormonales y quirúrgicos, se contempla que "las personas trans con capacidad de gestar" puedan recurrir a las técnicas de reproducción humana asistida.