El abogado de Puigdemont asegura que la orden de detención estaba suspendida
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Según explicó en la red, «España informó al Tribunal General, y así se recoge en la resolución de 30 de julio pasado, que ningún país ejecutaría una orden de estas características» y «en la misma resolución, el Vicepresidente del TGUE indicó que, de ser necesario, se solicitase una nueva medida cautelarísima».
Se refiere a uno de los puntos que recogía la resolución del pasado mes de julio, en la que se relataba que las autoridades españolas habían manifestado «expresamente que dicha solicitud pedía la suspensión de las órdenes de detención nacionales dictadas contra los demandantes y conllevaba la suspensión de cualquier procedimiento de ejecución de una orden de detención europea que pudiera incoarse».
Tal y como recogía la resolución del tribunal, con sede en Luxemburgo, las mismas autoridades afirmaron «que ningún tribunal de la Unión Europea podría ejecutar las órdenes de detención europeas en litigio hasta que el Tribunal de Justicia se haya pronunciado».
La euroorden estaba «activa»
Sin embargo, según las fuentes jurídicas consultadas por este diario, la orden que dictó el instructor del procés en el Supremo, Pablo Llarena, en 2019 siempre estuvo «activa» y dependía de los Estados esperar a la resolución del Tribunal de Justicia de la UE o no para ejecutarla, pues desde junio había perdido su inmunidad. Alertaban ya en aquel momento de que siempre existía un riesgo de detención, aunque fuera bajo, y que sus movimientos por territorio europeo estaban limitados.
En concreto, fuentes del Supremo explicaron a ABC que las euroórdenes seguían «activas» y que «son los países ejecutores, a través de los ministerios del Interior, los que las atienden o desatienden». Mientras Puigdemont gozaba de inmunidad, esas órdenes no eran atendidas, pero al perder su protección por la resolución del TGUE podían «darle cumplimiento».
Matizaban además la interpretación respecto al posicionamiento del TGUE y su aplicación porque entendían que la suspensión no era imperativa. «Otra cosa es que vayan a detenerlo, mientras está pendiente que se resuelva la cuestión prejudicial. La resolución del TGUE invita a los países a esperar a ese momento y advierte de que, si se detiene a Puigdemont, podría volver a pedir la suspensión de la decisión de levantar la inmunidad».
En esta línea, fuentes de la Fiscalía del Supremo añadieron tras conocer la decisión del TGUE, que no tomarían ninguna iniciativa hasta que se resolviese la cuestión prejudicial y recordaron que las euroórdenes seguían «vigentes». Incidían las mismas fuentes en que con la pérdida de inmunidad,
Puigdemont iba a tener «limitación de movimientos por la UE».