El Gobierno desbloquea la jubilación parcial para 700.000 empleados públicos: quién puede acceder y cómo afecta a la pensión
El empleo público alcanzó máximos históricos en 2025, con más de 3,6 millones de trabajadores tras sumar más de 50.000 nuevos empleados en apenas un año. En este contexto de plantillas récord y envejecimiento creciente en las administraciones, el Gobierno prepara un real decreto para desbloquear la jubilación parcial de miles de funcionarios y trabajadores públicos.
El Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones prepara un real decreto ley para desbloquear una situación que llevaba más de un año paralizando el retiro anticipado de cerca de 700.000 trabajadores laborales de la Administración pública.
El problema surgió en abril de 2025, cuando entró en vigor una reforma que endureció las condiciones del contrato de relevo, figura imprescindible para acceder a la jubilación parcial. La norma obliga a que cuando haya jubilación parcial anticipada, el relevo se cubra con una contratación a jornada completa y con las particularidades propias del empleo público.
Muchas administraciones no podían cumplir con este cambio normativo. Y es que, aunque esta exigencia resulta relativamente sencilla en el sector privado, en el ámbito público la contratación chocaba con las limitaciones presupuestarias y con la rigidez de las ofertas de empleo público. Como consecuencia, ayuntamientos, universidades y otros organismos mantuvieron paralizados numerosos procesos de jubilación parcial.
Para resolver esta situación, el Ejecutivo ha alcanzado un principio de acuerdo con CC OO y UGT que permitirá adaptar la normativa al funcionamiento de las administraciones públicas. El nuevo decreto contempla dos vías para cubrir el contrato de relevo: recurrir a candidatos que ya hayan superado un proceso selectivo aunque todavía no hayan sido nombrados, o contratar personal interino vinculado a plazas incluidas en una oferta pública de empleo en curso.
La medida afectará inicialmente al personal laboral, el único colectivo del sector público que tiene plenamente reconocida esta modalidad en condiciones similares a las del sector privado. No obstante, los sindicatos reclaman extenderla también a funcionarios de carrera, interinos y personal estatutario.
¿Cómo funciona la jubilación parcial?
La jubilación parcial permite reducir la jornada laboral antes de acceder a la jubilación definitiva y empezar a cobrar una parte proporcional de la pensión. Esta modalidad permite adelantar el retiro entre dos y tres años respecto a la edad ordinaria de jubilación.
Para acceder a esta modalidad es necesario acreditar un periodo mínimo de cotización, normalmente en torno a 33 años, y pactar una reducción de jornada de entre el 25% y el 50%.
En la práctica, si un trabajador reduce su jornada a la mitad, percibirá el 50% de su salario y el 50% de la pensión calculada en ese momento. La principal ventaja frente a otras fórmulas de retiro anticipado es que no suele implicar recortes permanentes en la pensión final, ya que el empleado continúa cotizando durante esta etapa y no se aplican coeficientes reductores por edad.
Cuando llega la jubilación plena, la Seguridad Social recalcula la prestación incorporando también las cotizaciones realizadas durante el periodo parcial.
La nueva regulación también permitirá acumular el tiempo de trabajo en determinados periodos. Esto significa que el empleado podrá concentrar su jornada en semanas o meses concretos y disfrutar después de periodos de descanso más largos, siempre y cuando se respete el porcentaje de reducción pactado.
