Ley Agraria, 6 de enero 1915
Segundo d?a del 2022, e iniciando un nuevo ciclo de art?culos obligado a abordar la conmemoraci?n de la Ley del 6 de enero de 1915, que fue una Ley Agraria.
Ese a?o las partes en conflicto promulgaron otras leyes sobre la materia, posteriores a ?sta; la del 24 de mayo de 1915, publicada en Le?n, Guanajuato por Francisco Villa y la publicada por la Convenci?n a cuyo frente estaba otro coahuilense, Eulalio Guti?rrez, publicada en Cuernavaca, Morelos en octubre del mismo a?o, haciendo referencia al Plan de Ayala.
El fondo sin duda, era la concentraci?n de enormes extensiones de tierra en manos de unas cuantas familias, resultado de la mala aplicaci?n de la Ley del 25 de junio de 1856 que se us? para despojar la propiedad comunal de los pueblos ind?genas formada durante la colonia cuando se orden? el fraccionamiento y la reducci?n de la propiedad privada tierras que quedaron en manos de especuladores, privando a esos pueblos de medios de sustento, como suced?a con las congregaciones y comunidades que surg?an en el seno de haciendas y latifundios compuestas por campesinos acasillados, como aconteci? en la Regi?n Lagunera.
Esos despojos autorizados por los ministros de Fomento y Hacienda del Porfiriato y compa??as deslindadoras que invadieron propiedades de los pueblos, gener? un gran descontento que se hizo manifiesto entre los j?venes que firmaron en Plan de Guadalupe, que discutieron con Carranza se incluyeran ese tipo de reivindicaciones, cosa a la que se rehus? a sabiendas que ser?a impostergable plantear la mejor?a del campesino, del obrero y la abolici?n de los latifundios como la expres? en su Discurso de Hermosillo, en septiembre de 1913 y como realiz? el primer reparto agrario del Constitucionalismo Lucio Blanco en Tamaulipas.
Inicia la Ley por declarar nulas las enajenaciones de tierras de aguas y tierras pertenecientes a los pueblos, rancher?as y congregaciones; las concesiones, composiciones o ventas hechas por las Secretar?a mencionadas; se estableci? la dotaci?n o restituci?n de ejidos a quienes los necesitaran para su sostenimiento, previa expropiaci?n por parte del gobierno y la formaci?n de la Comisi?n Nacional Agraria, con sus comit?s locales, y los comit?s particulares.
De ah? una serie de logros para el campo hasta que lleg? Salinas y borr? toda esa historia.